#HOYSANQUINTIN

HOY SAN QUINTíN

PROPONE DIPUTADO FIDEL MOGOLLÓN FORTALECER SANCIÓN A LA EXTORSIÓN DIGITAL EN BAJA CALIFORNIA

• La iniciativa busca dar certeza jurídica y reforzar la protección a las víctimas frente a nuevas modalidades de extorsión mediante medios tecnológicos

Mexicali, B.C.– Con el objetivo de fortalecer el marco legal ante las nuevas formas de extorsión que se cometen en entornos digitales, el diputado Fidel Mogollón Pérez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Baja California para precisar y robustecer la regulación de este delito cuando se realiza a través de medios electrónicos y tecnológicos.

De acuerdo con lo expuesto en la propuesta, la extorsión es uno de los delitos con mayor impacto social, por lo que resulta indispensable adecuar el derecho penal a la realidad tecnológica actual, a fin de cerrar espacios de impunidad y dotar a las instituciones de herramientas claras y eficaces para enfrentar uno de los fenómenos delictivos de mayor crecimiento.

El legislador recordó que en 2025 el Congreso del Estado aprobó una reforma integral en materia de extorsión, la cual fortaleció el tipo penal y armonizó la legislación local con el marco jurídico nacional. No obstante, advirtió que la migración de este delito hacia plataformas digitales ha generado nuevas formas de victimización que requieren un tratamiento normativo más específico.

Entre las modalidades que han cobrado mayor relevancia se encuentran la extorsión telefónica, la sextorsión, la suplantación de identidad digital, las amenazas a través de redes sociales, el uso indebido de datos personales y los llamados secuestros virtuales, prácticas que ocasionan afectaciones patrimoniales, psicológicas y emocionales de especial gravedad.

Señaló que, si bien el Código Penal vigente contempla el uso de medios electrónicos como una circunstancia agravante, dicha disposición resulta general, ya que no desarrolla de manera expresa las características propias de la extorsión cometida en entornos digitales ni sus particularidades frente a las modalidades tradicionales.

La iniciativa propone definir de forma expresa cuándo la extorsión se considera cometida mediante medios digitales, así como adicionar supuestos agravantes específicos, entre ellos el uso de datos personales o contenidos íntimos, la suplantación de identidad, la reiteración sistemática de la conducta y la afectación directa a actividades comerciales o productivas.

Finalmente, se precisa que la propuesta no crea un nuevo delito ni modifica la pena base, sino que reforma el artículo 224 BIS del Código Penal estatal con el propósito de brindar mayor certeza jurídica, facilitar la investigación del delito y reforzar la protección de las víctimas, sin generar impacto presupuestal ni invadir competencias federales.

¿Te gusta este artículo?

¡Bienvenido!